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Una visión clara focalizada en la titularidad corporativa

¿Quiénes son los titulares de las empresas extractivas? El 1 de enero de 2020 entrarán en vigencia nuevos requisitos del EITI referentes a la divulgación de los titulares de las empresas extractivas. A la espera de este trascendental momento, realizamos un balance de los avances logrados hasta hoy por los países implementadores del EITI en materia de divulgación de los beneficiarios reales.

La existencia de complejas redes de titularidad corporativa es un rasgo significativo del mundo empresarial moderno. Estas cadenas de entidades corporativas “alojadas” unas dentro de otras (piense en las muñecas rusas) pueden enturbiar la identidad de los verdaderos propietarios, es decir, de aquellos que ejercen el control sobre las empresas y que se benefician en última instancia de ellas. En las industrias extractivas en particular, las potenciales percepciones de dinero procedente de flujos monetarios ilegales, lavado de dinero o evasión fiscal pueden ser considerables, por lo cual se vuelve realmente importante identificar a quienes se benefician en última instancia de los ingresos generados por las empresas extractivas.

Con el propósito de combatir el anonimato, en 2016 se modificó el Estándar EITI a los efectos de incluir nuevas disposiciones relativas a la transparencia en materia de beneficiarios reales. Llegado el año 2020, todas las empresas petroleras, gasíferas y mineras que soliciten o posean una participación patrimonial en licencias o contratos de exploración o producción deberán publicar los nombres de sus beneficiarios reales. Este requisito entrará en vigor el 1 de enero, lo cual implica que aquellas Validaciones de la implementación del EITI que comiencen luego de esa fecha contendrán una evaluación de las divulgaciones de los beneficiarios reales.  

Al momento, nuestro examen de los avances en la divulgación de los beneficiarios reales comprende tres pasos clave en el camino hacia la transparencia en la materia: compromiso político, reformas legales y divulgación de datos relativos a la titularidad. A los fines de lograr una verdadera rendición de cuentas, es fundamental que los datos ingresen al dominio público de un modo que permita que las partes interesadas hagan uso de ellos. 

Compromiso gubernamental

Tal como ocurre con varios requisitos del EITI, el primer paso hacia la divulgación consiste en un compromiso por parte del gobierno hacia la implementación de la transparencia.


Nuestro análisis determinó que 32 países implementadores del EITI han anunciado un compromiso hacia la transparencia respecto de los beneficiarios reales. Si bien este nivel de apoyo político resulta alentador, cabe destacar que algunos de estos compromisos fueron manifestados por anteriores titulares del gobierno y que, en al menos siete casos, se identificó como un desafío a superar a la falta de compromiso político respecto de la agenda atinente a la transparencia de la titularidad.

La consecución de ulteriores avances posiblemente se apoye en demostrar el valor de la transparencia relativa a la titularidad, una tarea en la que los organismos gubernamentales, la industria y la sociedad civil ocuparán un rol clave. Es posible, además, que las próximas Validaciones del EITI se muestren como una puerta de entrada a la adopción de medidas.

El Secretariado Internacional trabajará con representantes de los gobiernos, la industria y la sociedad civil a fin de ayudar a evidenciar de qué modo la transparencia en el ámbito de los beneficiarios reales puede contribuir a la adopción de reformas anticorrupción y a la movilización de recursos internos.

Reformas legales

De los 51 países implementadores del EITI recientemente evaluados en el estudio, 21 disponían de un marco jurídico para contribuir a la divulgación de los beneficiarios reales, y 17 tenían previsto incorporar un marco de apoyo. En general, las legislaciones se ubican en dos categorías distintas: en países como Indonesia, Kazajistán y la República de Kirguistán se trata de normas específicas del sector, mientras que en Argentina, Ghana, Perú, Ucrania y Zambia, la divulgación de los beneficiarios reales corresponde al ámbito del derecho empresarial y la legislación va más allá del sector extractivo.     

Las legislaciones de los países implementadores del EITI ofrecen un amplio menú de opciones para aquellos países que están procurando implementar o fortalecer marcos jurídicos de apoyo en materia de beneficiarios reales. Este año, el EITI documentó estos abordajes jurídicos, e identificó ocho ejes temáticos que integran la normativa sobre beneficiarios reales:

  • Identificación de la autoridad competente
  • Identificación de las entidades informantes
  • La definición de beneficiarios reales
  • Detalles relativos a la identidad del beneficiario real
  • Verificación de los datos
  • Sanciones por falsedad u omisión de las divulgaciones
  • Requisitos referentes a la actualización de la información
  • Normas sobre el acceso a la información

Pese al logro de avances significativos en los países del EITI, posiblemente haya que complementar las leyes de apoyo preexistentes a los requisitos EITI con medidas más específicas a fin de abordar las lagunas y potenciales carencias en las divulgaciones relativas al EITI.

Publicación de los datos

 

Si bien la divulgación todavía no es exhaustiva ni sistemática y aún tiende a realizarse mediante informes EITI, 31 países implementadores del EITI han publicado al menos algunos datos sobre los beneficiarios reales de las empresas. Las divulgaciones aparecen mayormente en los informes EITI; al día de hoy, solo dos países implementadores del EITI – el Reino Unido y Ucrania – han establecido registros públicos. Ucrania también ha establecido un registro público de personas expuestas políticamente (PEP). Éstos constituyen buenos ejemplos de datos que se divulgan sistemáticamente en un formato abierto y accesible, susceptible de escrutinio público.

Nigeria se sumó a la lista de precursores dando un gran primer paso a comienzos de esta semana: el establecimiento de una base de datos de acceso público sobre los beneficiarios reales de 56 empresas de la industria del gas y el petróleo, que se nutre de datos de las presentaciones de información concerniente al EITI y de diversos registros públicos. Si bien dicha información aún no es exhaustiva, el registro permite realizar búsquedas y puede ayudar a la sociedad civil y demás partes a exigir mejores datos de la próxima Validación de Nigeria, que tendrá lugar en enero de 2021.

Para que el 2020 sea el año en que suceda

La divulgación de los beneficiarios reales sigue siendo un área compleja y dificultosa que requiere la sanción de reformas legales. Una vez que los datos se han hecho públicos, la atención debería centrarse en mejorar su calidad y en estudiar de qué modo se los podría utilizar para mejorar la rendición de cuentas. Ciertas herramientas, como la aplicación Remtrack recientemente publicada en Nigeria, pueden ofrecer medios para presentar los datos de un modo que los torne accesibles por parte de los ciudadanos.

Las expectativas respecto de las empresas que apoyan al EITI colocan en cabeza de éstas la carga de asumir el liderazgo en la materia abogando por la divulgación. Algunas empresas, como Rio Tinto, ya han dado el paso de poner a disposición del público los datos relativos a la titularidad. Otras han reconocido el valor de ello, por ejemplo, a los efectos de delinear las investigaciones de debida diligencia y obtener información sobre las estructuras de titularidad de los prestadores de servicios y los subcontratistas.

Habida cuenta de que el requisito atinente a los beneficiarios reales pronto estará vigente, los países implementadores del EITI deberán apresurar sus esfuerzos tendientes a revelar los verdaderos titulares de las empresas extractivas, a fin de transformar los compromisos en datos accesibles y utilizables.

 

Más información:

 

Corrección: El artículo original incluía un gráfico que afirmaba incorrectamente que el 39% de los países disponen de datos sobre la propiedad efectiva en las oficinas físicas, mientras que el 2% no dispone de datos accesibles al público. Estas cifras fueron invertidas erróneamente. Desde entonces, el gráfico ha sido actualizado con la información correcta.